Abogado de delitos sexuales contra menores en Madrid

«Me investigan por algo que no puedo contarle a nadie.»Aquí lo cuentas una vez y con calma.

Defensa de personas investigadas o acusadas por delitos contra la libertad sexual sobre menores. Solo defensa, nunca acusación. Lo que hablemos no sale de aquí, y en la primera llamada ya sabrás qué se te imputa exactamente.

Colegiada ICAM Nº 54.479+30 años de ejercicio

Pilar Hernández, abogada penalista en Madrid especialista en delitos contra la libertad sexual sobre menores

24 h

Disponible siempre

+30

Años de ejercicio

Solo

Defensa, nunca acusación

100%

Confidencial

Orientación en 4 preguntas

Qué figura te aplican en un delito sexual contra un menor y qué margen hay

La diferencia entre un artículo y otro cambia la horquilla de pena por completo, y casi nadie llega a mi despacho sabiendo cuál le imputan. Responde estas cuatro preguntas y te sitúo. No pide datos ni guarda nada.

¿Qué relación hay entre los hechos y un menor de 16 años?

Orientación

Llama ahora · 615 944 098

Orientación general basada en el Código Penal vigente. No sustituye al asesoramiento jurídico: la calificación real depende de los hechos que se declaren probados y de la prueba practicada.

Resumen sin el test: si los hechos son actos de carácter sexual con un menor de 16 años, la figura base es el artículo 181.1 CP (prisión de dos a seis años). Con violencia o intimidación sube a cinco a diez años; con acceso carnal, de ocho a doce. Si todo ocurrió por internet sin encuentro físico, lo habitual es el artículo 183 (uno a tres años o multa). Si se trata solo de tenencia de material, el artículo 189.5. Llámame y lo concretamos.

Lo primero que conviene entender

No todos los procedimientos por delitos sexuales contra menores son el mismo procedimiento

Cuando alguien me llama por una causa de este tipo, casi siempre viene con una idea del delito mucho peor que la que consta en el atestado, o mucho mejor. Y esa distancia importa, porque de la figura concreta depende si hablamos de una pena que se puede suspender o de un ingreso en prisión.

La reforma de 2022 unificó los antiguos abusos y agresiones en una sola categoría, y la de 2023 volvió a tocar las penas. Resultado: buena parte de lo que se lee por internet está desactualizado. Si tu causa es de contenido sexual pero no hay menores implicados, el marco es otro: la defensa en delitos contra la libertad sexual. Este es el mapa real cuando sí los hay.

Qué se imputaArtículoPena de prisión
Actos sexuales con menor de 16 años181.1 CP2 a 6 años
Los mismos, con violencia o intimidación181.2 CP5 a 10 años
Con acceso carnal o introducción de objetos181.4 CP8 a 12 años (hasta 15 con las agravantes del 181.2)
Contacto por internet con menor de 16 y actos de acercamiento183.1 CP1 a 3 años o multa de 12 a 24 meses
Embaucar a un menor para que facilite material183.2 CP6 meses a 2 años
Captar o utilizar menores para producir material189.1 CP1 a 5 años
Adquirir o poseer material para uso propio189.5 CP3 meses a 1 año, o multa

Penas conforme al Código Penal vigente tras la LO 10/2022 y la LO 4/2023. Las horquillas se mueven con las agravantes del artículo 181.5 y con el grado de ejecución y participación.

Dónde se gana y se pierde

En una causa por delito sexual contra un menor, la instrucción decide casi todo

Es lo que más me cuesta transmitir a quien me llama: la idea de que «ya lo aclararemos en el juicio» es la que más condenas ha provocado. Cuando llega el juicio oral, la prueba que no se pidió a tiempo ya no se pide. Estos son los cuatro sitios donde de verdad se juega un procedimiento así.

  • La primera declaración. Se presta asustado, muchas veces sin haber leído el atestado y con la sensación de que explicarse mejora las cosas. Casi nunca las mejora. Lo que se dice ahí se lee en voz alta tres años después.
  • Lo que sabías y cuándo lo sabías. En los casos que nacen de aplicaciones o redes, el elemento subjetivo lo es todo. Si la plataforma exigía ser mayor de edad y el perfil declaraba serlo, eso no es un detalle de color: es el núcleo de la defensa.
  • La prueba pericial. Cuando no hay testigos ni prueba material, y solo existe una declaración, hay una pericial concreta —el informe de credibilidad del testimonio del Instituto de Medicina Legal— que puede cambiar el rumbo de la causa. Hay que pedirla, y hay que pedirla en plazo.
  • La regularidad del procedimiento. El volcado del dispositivo, la cadena de custodia, la competencia del órgano que va a juzgar. Son cuestiones áridas que deciden causas enteras, y que solo aparecen si alguien las está buscando.
Cómo trabajo

Qué hago desde tu primera llamada por un delito sexual contra un menor

01

Hablamos

Sin rodeos y sin juicios. Necesito saber qué documento tienes en la mano —una citación, un atestado, un auto— y en qué fase está tu causa.

02

Leo el procedimiento

Me persono y accedo a las actuaciones. Hasta ese momento nadie puede decirte con seriedad a qué te enfrentas, y desconfía de quien lo haga.

03

Fijamos la estrategia

Qué prueba hay que proponer, qué declaración conviene y qué recorrido real tiene el asunto. Te lo digo como es, incluso cuando no es lo que quieres oír.

Resoluciones reales de mi despacho

Cuatro causas por delitos contra la libertad sexual y cómo terminaron

Están publicadas con la resolución escaneada y los datos de todas las partes ocultos. Incluyo también las que terminaron en condena, porque una selección donde siempre se gana no le sirve a nadie que esté decidiendo a quién llamar.

Sobreseimiento

Contactó por una app de adultos y el otro usuario resultó ser menor

La aplicación exigía ser mayor de edad para registrarse. La pregunta jurídica no era qué había pasado, sino qué sabía él cuando pasó. El juzgado archivó la causa.

Sobreseimiento

Archivo tras el informe de credibilidad del testimonio

Una denuncia relativa a una menor, sin testigos ni prueba material. El informe del Instituto de Medicina Legal y las contradicciones de la declaración llevaron al sobreseimiento.

Nulidad

Anulada la apertura de juicio oral por falta de competencia

La causa ya estaba en la Audiencia Provincial con el juicio oral abierto. Las penas que se pedían no encajaban en ese procedimiento, y nadie lo había planteado.

Conformidad

Tenencia de material: de un año a seis meses, sin prisión

Terminó en condena y no tiene sentido presentarlo de otro modo. La Fiscalía pedía un año; se negoció una conformidad en seis meses, suspendida y condicionada a un programa formativo.

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre los delitos sexuales contra menores

Depende de la figura y de la pena que finalmente se imponga. Como regla, una pena de prisión que no supere los dos años puede suspenderse si no hay antecedentes, y en la práctica eso deja fuera de prisión buena parte de las causas del artículo 183 y del 189.5. En las del artículo 181 con acceso carnal la horquilla arranca en ocho años y la suspensión no está sobre la mesa.

Nadie puede responderte esto en serio sin haber leído tu procedimiento. Si alguien te lo garantiza por teléfono antes de ver el expediente, desconfía.

Sirve, y en algunos casos lo es todo. El error sobre la edad de la víctima es una cuestión de elemento subjetivo del tipo, y se acredita con hechos: qué exigía la plataforma para registrarse, qué edad declaraba el perfil, qué apariencia y qué contexto había. No basta con alegarlo en la declaración, hay que probarlo.

Tengo un caso publicado que terminó en sobreseimiento exactamente por esta vía. No significa que el tuyo vaya a terminar igual, significa que es una línea de defensa real y que hay que construirla desde el primer día.

Ve, porque la citación es obligatoria. Pero no vayas solo y no improvises. Tienes derecho a conocer los hechos que se te imputan antes de declarar y tienes derecho a no declarar en absoluto.

La declaración del investigado es un acto de defensa, no un trámite para aclarar un malentendido. Se prepara habiendo leído el atestado. Si te citan para mañana, llámame hoy.

Aquí hay una regla especial que sorprende a casi todo el mundo: en los delitos contra la libertad sexual sobre menores, el plazo de prescripción no empieza a contar cuando ocurrieron los hechos, sino cuando la víctima cumple treinta y cinco años (artículo 132.1 del Código Penal).

Es decir, se puede abrir un procedimiento por hechos de hace muchos años. Que la causa sea antigua no la hace inviable, pero sí cambia por completo el terreno probatorio, y ahí hay mucho que trabajar.

El procedimiento penal no es público mientras está en instrucción, y yo estoy sujeta a secreto profesional sobre todo lo que me cuentes, incluso si al final no me contratas.

Lo que sí conviene es hablar de esto pronto, porque hay decisiones —una comparecencia, una medida cautelar, una suspensión de empleo— que pueden tener efectos visibles y que se gestionan mejor con previsión que por sorpresa.

Sí. Llevo más de treinta años haciendo solo defensa, nunca acusación, y esto es exactamente en lo que consiste. Mi trabajo no es decidir si eres culpable: es asegurarme de que el procedimiento se hace como debe hacerse y de que nadie sea condenado por algo que no se ha probado.

Si te preocupa cómo va a ser esa conversación, te adelanto que va a ser tranquila y sin adjetivos. Necesito los hechos, no una confesión moral.

Pilar Hernández, abogada penalista colegiada en el ICAM

Pilar Hernández

Abogada penalista · ICAM Nº 54.479

Más de treinta años ejerciendo en Madrid exclusivamente en defensa penal. Nunca he ejercido la acusación. Llevo personalmente cada asunto desde la primera llamada.

Más sobre mí y mi trayectoria

Cuanto antes llames, más margen hay

Si tienes una citación, un atestado o simplemente la sospecha de que hay una denuncia, la conversación de hoy vale más que la de dentro de un mes. Atiendo yo el teléfono, las veinticuatro horas.

Despacho en Madrid · Atención en toda la Comunidad

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