Llegó a mi despacho con una citación del juzgado de violencia sobre la mujer y una carpeta de documentos del divorcio que estaba en marcha. Estaba convencido de que nadie iba a escucharle. La causa terminó archivada, y el auto que lo acordó cabe en una página.
El procedimiento de divorcio llevaba meses en marcha. Discusiones por la vivienda, por el dinero, por todo. En medio de eso apareció una denuncia y, con ella, una citación de un juzgado de violencia sobre la mujer.
Su primera reacción fue la que veo casi siempre en estos casos: rabia y una sensación de indefensión absoluta. "Es su palabra contra la mía y a mí no me va a creer nadie." Es comprensible que se piense eso, pero no es exacto. La palabra de una persona puede ser prueba suficiente para condenar en España, sí, pero no de cualquier manera ni en cualquier circunstancia. Tiene condiciones.
Y esas condiciones son precisamente el terreno donde se trabaja.
Cuando la denuncia y la declaración de la persona denunciante son la única prueba, el Tribunal Supremo exige tres cosas antes de darle valor de prueba de cargo. La primera, ausencia de incredibilidad subjetiva: que no exista un móvil de resentimiento, enfrentamiento o venganza que pueda estar contaminando el testimonio. La segunda, verosimilitud: que existan corroboraciones periféricas, es decir, datos externos que respalden el relato. La tercera, persistencia: que la versión se haya mantenido firme y sin contradicciones a lo largo del procedimiento.
Esto no significa que se presuma que nadie dice la verdad. Significa lo contrario: que una acusación penal no puede sostenerse sobre un relato sin apoyo, igual que no puede sostenerse sobre ninguna otra prueba aislada y sin contrastar.
En un caso como este, con un divorcio conflictivo de fondo, el trabajo tenía un objetivo muy concreto: acreditar documentalmente el contexto. No para atacar a nadie, sino para que el juzgado pudiera ver la fotografía completa antes de decidir si había base para seguir adelante.
Decidí no esperar al juicio. Cuando el material existe, hay que llevarlo a la instrucción y que el juzgado resuelva ahí.
Se aportó al procedimiento toda la documentación del divorcio en tramitación: escritos, resoluciones, el estado real del conflicto económico y de la atribución de la vivienda. Un conjunto de papel que permitía entender cuál era el contexto en el que se había presentado la denuncia.
En su declaración negó los hechos y ofreció una versión coherente con esa documentación. Ese es el punto que se suele descuidar: negar no basta, la negativa tiene que encajar con algo comprobable.
A partir de ahí, el juzgado tenía delante dos versiones enfrentadas y ningún elemento externo que permitiera respaldar una por encima de la otra.
El auto es breve. Tanto que se lee en dos minutos. Y precisamente por eso conviene leerlo entero, porque no le sobra una palabra:
De lo actuado no aparece debidamente justificada la perpetración del delito que ha dado motivo a la formación de la causa, teniendo en cuenta las malas relaciones existentes entre las partes y como fondo una cuestión puramente civil, como es la tramitación de un divorcio, así como que el imputado ha negado los hechos y que con la documentación presentada por él, aparece una situación de versiones contrapuestas sin que pueda darse mayor credibilidad a la declaración de la denunciante.Fundamento jurídico del auto de sobreseimiento provisional

Voy a ser honesta con lo que este auto significa y con lo que no significa, porque se malinterpreta con facilidad.
No declara que la denuncia fuera falsa. Un sobreseimiento provisional dice algo más modesto y más preciso: que con lo actuado no está justificada la existencia del delito. No prueba que no ocurriera nada; constata que no hay elementos suficientes para seguir. Son cosas distintas y la diferencia importa.
La documentación del procedimiento de familia es prueba penal. En un conflicto de divorcio, los escritos, los autos de medidas y el estado real del reparto económico explican el contexto en el que se presenta una denuncia. Guárdalo todo y llévalo a tu abogado desde el primer día. Si estás en un procedimiento así, esto es lo primero que trabajo contigo en un caso de denuncia falsa.
Los tiempos de la instrucción juegan a favor de quien trabaja pronto. Esperar al juicio oral para presentar lo que ya se tiene es un error caro. Muchos procedimientos se pueden cerrar antes, en fase de instrucción, si el material llega a tiempo.
Si has recibido una citación en un procedimiento de violencia de género mientras tienes un divorcio abierto, lo peor que puedes hacer es quedarte quieto pensando que no te van a creer. El sistema tiene mecanismos para valorar el contexto. Hay que activarlos.

Llevo más de treinta años dedicada en exclusiva a la defensa penal, con despacho propio desde 1995. Antes de eso pasé años en el Turno de Oficio, que sigue siendo la mejor escuela que conozco.
Caso real. Las fechas, cantidades y datos identificativos se han modificado para proteger la identidad de las partes, conforme al deber de secreto profesional. El resultado obtenido en este procedimiento no determina ni anticipa el resultado de ningún otro: cada caso depende de sus propios hechos y de las pruebas practicadas.