«Es domingo por la noche y necesito un abogado ya.»El teléfono lo cojo yo. También hoy.
Abogada penalista de guardia en Madrid a cualquier hora: madrugadas, fines de semana, festivos y agosto. No es una centralita ni un turno rotatorio: contesto yo y sigo yo con el asunto después.
Colegiada ICAM Nº 54.479+30 años de ejercicio

24 h
Todos los días del año
Yo
Sin centralita ni pasantes
+30
Años de ejercicio
Solo
Defensa, nunca acusación
Según lo que esté pasando, lo urgente cambia. Responde y te digo qué toca. No pide datos ni guarda nada.
¿Qué está ocurriendo?
Orientación general. No sustituye al asesoramiento jurídico: cada asunto depende de sus actuaciones concretas.
Resumen sin el test: si hay alguien detenido, lo urgente es localizarle y que no declare sin abogado (plazo máximo de 72 horas). Si tienes una comparecencia inminente, hay que ver la causa antes. Y si te han notificado algo que no entiendes, mándame una foto y te digo qué plazo corre. Llámame a cualquier hora.
Mucha gente busca «abogado de guardia» pensando en el turno de oficio, y son cosas distintas. Conviene saberlo antes de decidir, y por eso lo explico aunque no me favorezca del todo.
El turno de oficio es un servicio público organizado por el Colegio de Abogados. Es obligatorio, rotatorio y garantiza que nadie se quede sin asistencia. El letrado que va conoce el asunto en el mismo momento en que llega, y con frecuencia no será quien lleve después el procedimiento. Presta un servicio necesario y hay excelentes profesionales en él.
Un abogado de guardia de confianza es otra figura: le eliges tú, puede empezar a trabajar antes de la comparecencia y sigue con el asunto hasta el final. La diferencia no está en la capacidad del letrado, está en el tiempo y en la continuidad.
Y si no hay medios para pagar a nadie, la asistencia jurídica gratuita es un derecho que se solicita y que cumple los requisitos de renta. Te explico cómo pedirla aunque tu asunto no lo lleve yo.
Significa que el número que aparece en esta página es mi teléfono y que lo cojo yo. No hay centralita, no hay filtro y no hay un pasante que te devuelva la llamada por la mañana. Llevo más de treinta años ejerciendo así y no sé hacerlo de otra manera.
También significa que si estoy dentro de una comisaría o en una vista puede que no lo coja al primer intento. Insiste o escríbeme por WhatsApp: en cuanto salgo, devuelvo las llamadas.
Y significa una cosa más, que prefiero decir de frente: si me llamas y tu asunto puede esperar al lunes, o puede llevarlo el turno de oficio sin que te suponga coste, te lo diré. Prefiero perder un encargo que cobrar una urgencia que no lo era.
01
A cualquier hora. Me cuentas qué ha pasado y qué papel tienes en la mano.
02
Y qué no lo es. Si hay que actuar hoy, actuamos hoy; si no, te ahorro la prisa.
03
No te derivo. Quien contesta el teléfono de madrugada es quien va a llevar tu defensa después.
Sí. Las detenciones no eligen hora y este servicio no tendría sentido en horario de oficina. Contesto yo, cualquier día del año, también en agosto.
Si llamas y no lo cojo a la primera, insiste o escríbeme por WhatsApp: puede que esté dentro de una comisaría, donde no siempre hay cobertura.
No. El turno de oficio es un servicio público rotatorio: al letrado le toca ese día y conoce el asunto en el momento de la asistencia. Es una garantía necesaria y hay grandes profesionales en él.
La diferencia está en la continuidad: un abogado de confianza puede empezar antes, elige contigo la estrategia y sigue hasta el final del procedimiento.
Lo hablamos por teléfono y sin sorpresas, antes de que asuma nada. La primera conversación para saber qué está pasando y qué es urgente no la cobro.
Y si tu situación encaja en justicia gratuita, te lo digo y te explico cómo solicitarla, aunque eso signifique que el asunto no lo lleve yo.
Puede pasar, y en una urgencia penal no es un detalle menor. Puedes designar otro abogado en cualquier fase del procedimiento sin dar explicaciones.
Llámame y vemos qué es lo urgente ahora. Si después prefieres seguir con el tuyo, también me parece bien: lo importante es que lo urgente no se quede sin hacer.
Atiendo en toda la Comunidad de Madrid. Los tiempos de desplazamiento varían, y por eso lo primero que hago siempre es llamar a la dependencia para comunicar que asumo la defensa y pedir que no se tome declaración hasta llegar.
Si la detención es en otra provincia, dímelo igualmente y te oriento sobre lo urgente mientras se busca a alguien allí.
Si hay alguien detenido: que no declare, que no firme nada que no haya leído y que no dé explicaciones «para aclararlo». Tiene derecho a guardar silencio y a entrevistarse conmigo a solas antes.
Si el asunto es un papel del juzgado, mándame una foto por WhatsApp. Con verlo suele bastar para saber qué plazo corre.
Abogada penalista · ICAM Nº 54.479
Más de treinta años ejerciendo en Madrid exclusivamente en defensa penal. Nunca he ejercido la acusación. Llevo personalmente cada asunto desde la primera llamada.
No hay centralita ni horario. Contesto yo, y quien contesta es quien va a llevar tu defensa después.
Despacho en Madrid · Atención en toda la Comunidad
